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Requisitos específicos para obras menores: obras de sencilla técnica que se realicen a un bien inmueble, que por su tamaño no precisen elementos estructurales y no requieren de aumento en la demanda de servicios públicos (agua potable, disposición de aguas residuales, electricidad), ni afecten las condiciones de habitabilidad o seguridad.
Requisitos generales de solicitud. Para la construcción de obras mayores, menores, de mantenimiento, deberá cumplirse con los siguientes requisitos (Anexo 1. Código 1 al 8):