¿Qué pasa si no presento la Declaración de Patentes?

La Municipalidad, mediante su departamento de Rentas y Cobranzas, está autorizada para determinar de oficio el impuesto de patentes municipales del contribuyente o el responsable cuando este no la realice, esto lo establece el artículo 17, inciso b), de la Ley 9023 que decreta sobre los Impuestos Municipales del cantón Central de Heredia.

Además se le aplicará el monto de la patente del año anterior, más un treinta por ciento (30%) anual. Además de conformidad al artículo 27, inciso d) de esta Ley, serán sancionados con una multa del diez por ciento (10%) del impuesto anual de patentes pagado durante el período anterior. Esta multa deberá pagarse en un solo tracto con el pago del primer trimestre de cada año.

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